lunes, 29 de septiembre de 2014

Tarija La ley impositiva favorece a los hoteleros con 40% de descuento



Con la promulgación de la Ley 052, el Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de Tarija y la provincia Cercado aprobó la creación del impuesto municipal a la propiedad de bienes inmuebles, impuesto municipal a la propiedad de vehículos automotores e impuesto municipal a las transferencias onerosas de bienes inmuebles y vehículos automotores.

El presidente del Concejo Municipal Rodrigo Paz Pereira, informó que con la medida los bienes inmuebles hoteleros gozarán del 40 por ciento de descuento en el pago de impuestos anuales, mientras que los vehículos de servicio público que tengan actividad turística, su descuento será del 50%. Añadió que la norma abroga la Ley Autónoma Municipal 002, Ley Municipal de Creación de Impuestos Municipales, Ley Municipal 017 y toda disposición contraria a la nueva norma.
Todo establecimiento hotelero que cuente con registro actualizado de la licencia de funcionamiento como actividad hotelera emitido por el Gobierno Municipal, tendrá un descuento del 40 por ciento en el impuesto anual determinado por el lapso de 7 años, aplicable a partir de la vigencia de la norma legal.
La disposición establece también que los nuevos inmuebles destinados a la actividad hotelera, a partir de la obtención de la licencia de funcionamiento, y considerando que no tengan historial de exención otorgada por esa ley, tendrán un descuento del 40 por ciento en el impuesto anual determinado, pero por el lapso de 10 años aplicable a partir de la vigencia de esa ley.
De acuerdo a Paz Pereira, esa decisión sitúa a Tarija en la punta a nivel nacional en otorgar esa ventaja, que permita ayudar a solventar las deudas crediticias que pudieran tener y que el municipio genere una especie de incentivo para vincular al rubro.
Asimismo, los vehículos de transporte público de pasajeros, carga urbana y de larga distancia, siempre que se trate de servicios que cuenten con la correspondiente autorización de autoridad competente, el impuesto se determinará aplicando el 50 por ciento sobre el impuesto determinado, definido en el capítulo correspondiente.
Las exenciones deberán ser formalizadas ante la administración tributaria, cuyas condiciones y requisitos para su procedencia serán establecidas mediante reglamento.
La rebaja será considerada a partir de ésta gestión, luego que la norma fue aprobada, promulgada y publicada. El beneficio alcanza a todas las infraestructuras de hospedaje, como los hostales, alojamientos, residenciales y hoteles. No serán considerados los establecimientos cuyas instalaciones presten otros servicios.
La presidente de la Cámara Hotelera de Tarija, Miriam Rengel, indicó que la ley constituye un impulso importante para los establecimientos de hospedaje. Dijo que este 40 por ciento beneficiará en gran medida al sector hotelero, por lo que se busca mejore el desarrollo turístico.

Impuesto a la propiedad
Está constituido por el ejercicio del derecho de propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales, que se encuentren ubicados dentro de la jurisdicción municipal. La base imponible estará constituido por el avalúo fiscal establecido, en aplicación a las normas catastrales y técnico-tributaras. Las personas de 60 o más años, propietarias de inmuebles de tipo marginal, que le sirvan de vivienda permanente tendrá una rebaja del 20 por ciento.

Impuesto de vehículos
Son sujetos pasivos de este impuesto, las personas jurídicas o naturales y las sucesiones indivisas, propietarias de cualquier vehículo automotor registrado en el gobierno municipal.

Impuesto a transferencias
El impuesto municipal a las transferencias onerosas de bienes inmuebles y vehículos automotores, se grava a las transferencias de inmuebles y vehículos automotores como impuesto de dominio tributario municipal.

El descuento del diez por ciento está vigente

El cobro del descuento del 10 por ciento en impuestos por la gestión 2013, para bienes inmuebles y vehículos automotores que se inició el mes de marzo, concluye el 20 y 21 de octubre, etapa en la que se cobrará el deber tributario con la rebaja.
La directora de Ingresos de la Alcaldía, Cristina Rodríguez, informó que el cobro se realiza cumpliendo disposiciones emitidas en el Registro Único para la Administración Tributaria Municipal (RUAT), que permite que los contribuyentes se beneficien con el descuento. Sin embargo, pasada la fecha establecida, se cumplirá con lo dispuesto en el Código Tributario cobrando multas y sanciones.
El pago se puede realizar en entidades bancarias autorizadas por el municipio, como en cajas habilitadas en el edificio del mercado El Molino, donde la comuna desarrolla actividades de control económico y tributario.
A la fecha, en el municipio de Cercado se sobrepaso el 60 por ciento de lo previsto para la presente gestión, de la recaudación sobre vehículos e inmuebles, obligación de pago que tiene el sujeto pasivo, contribuyente o responsable de cumplir con el impuesto anual.

Tercera edad
Las personas comprendidas en la tercera edad tienen la posibilidad de pagar con un descuento del 30 por ciento, correspondiente a un 20 por ciento debido a su condición de edad; y a la vez, se incluye el descuento estipulado por la Alcaldía del 10 por ciento para el pago del deber tributario.

Incremento
Consultada sobre el incrementó en el pago tributario, explicó que todo impuesto generado por el Gobierno o el Municipio se enmarca en base a datos de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV), que incrementa en dos a tres puntos anualmente en el rango de la cotización del dólar por lo que tiende a subir como a bajar.

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